(Por redacción País Productivo) Hoy fue un día histórico para YPF, ya que lo que parecía inevitable, terminó siendo evitado: la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resolvió revocar la sentencia de primera instancia en el juicio por la expropiación de la petrolera, en una decisión que modifica el curso de uno de los litigios más relevantes para las finanzas públicas argentinas.
El fallo implica que el Estado argentino queda, por el momento, liberado de afrontar un pago superior a los US$ 16.100 millones que había sido establecido en 2023.
En la misma resolución, el tribunal confirmó que la petrolera no tiene responsabilidad en el proceso de estatización llevado adelante en 2012.
El origen del conflicto se remonta a 2015, cuando se iniciaron las demandas por parte de accionistas minoritarios que cuestionaron el modo en que se concretó la expropiación.
El punto más crítico del caso se produjo en septiembre de 2023, cuando la jueza Loretta Preska, del Distrito Sur de Nueva York, condenó a la Argentina a pagar una indemnización millonaria más intereses.
La magistrada entendió entonces que el Estado había incumplido el estatuto de la compañía al no realizar una oferta pública de adquisición a los accionistas minoritarios.
Los reclamos fueron impulsados por los fondos Eton Park y Burford, que representaban a los inversores que habían quedado fuera del proceso de nacionalización.
La etapa de apelación tuvo su instancia decisiva en octubre de 2025, durante una audiencia que se extendió por 96 minutos ante los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson.
En esa instancia, la defensa argentina estructuró su estrategia en tres ejes principales, con el objetivo de revertir o reducir la condena.
Uno de los argumentos centrales fue que la jurisdicción competente para tratar el caso debía ser la justicia argentina y no los tribunales de Estados Unidos.
Este planteo fue sostenido por distintas administraciones, incluidas las de Mauricio Macri, Alberto Fernández y el actual mandatario Javier Milei.
La defensa también cuestionó la interpretación del derecho argentino realizada en primera instancia, en particular en materia de normativa societaria y administrativa.
Según esa postura, correspondía que un tribunal local definiera la relación entre la ley de expropiación y las disposiciones estatutarias que exigían una OPA al superar determinado porcentaje accionario.
Como alternativa, los abogados del Estado plantearon un criterio de cálculo distinto para la eventual indemnización, basado en el tipo de cambio vigente al momento de la sentencia.
De haberse aplicado ese criterio, el monto reclamado podría haberse reducido significativamente respecto de la cifra original.
Sin embargo, la decisión de la Cámara de revocar el fallo dejó sin efecto la necesidad de recalcular la compensación económica.
En una votación dividida de dos a uno, el tribunal consideró que los reclamos por incumplimiento contractual no eran reconocibles bajo el derecho civil y público argentino.
A partir de esta resolución, también quedó sin efecto una orden previa que obligaba al Estado a transferir acciones de la compañía como parte de pago.
El caso se originó tras la expropiación del 51% de YPF a la empresa española Repsol en 2012, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
Tras conocerse la decisión judicial, el presidente Javier Milei publicó un mensaje en la red social X en el que afirmó: «Ganamos en el juicio».
