(Por redacción País Productivo) El Gobierno nacional eliminó hoy el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) implementado por el Gobierno nacional apenas asumida la presidencia de Javier Milei en diciembre de 2023, en reemplazo del famoso sistema SIRA de la Administración anterior.
A través de la Resolución Conjunta 5651/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y de la Secretaría de Industria y Comercio, publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso que «las declaraciones registradas a través del “Sistema Estadístico de Importaciones” (SEDI), conforme la Resolución General Conjunta N° 5.466 del 22 de diciembre de 2023 y su modificatoria de la ex AFIP y la ex Secretaría de Comercio, quedarán sin efecto a la fecha de entrada en vigencia de la presente».
La medida fue anticipada ayer por el ministro de Economía Luis Caputo, quien en su cuenta oficial de X consideró que «el mecanismo cumplió con los objetivos de normalizar, transparentar, ordenar y agilizar el sistema de importaciones».

«El SEDI tuvo como objetivo principal obtener información anticipada sobre las operaciones de importación y contemplaba el análisis y seguimiento de datos estadísticos sobre importación de bienes. En ese sentido, se determinó que ya no resulta necesario recabar información anticipada para fines estadísticos», dijo Caputo.
A esto, agregó que «luego de esta derogación, se continuarán implementando políticas de facilitación, con el objetivo de que los intercambios comerciales se realicen de manera sencilla, transparente, eficiente y previsible, garantizando las condiciones para su competencia».
Por su parte, el secretario de Industria y Comercio, Esteban Marzorati, informó que «a partir de ahora, ya no será necesaria la presentación previa sino que todo deberá realizarse al momento de oficializar el despacho. De esta forma, el proceso será más eficiente evitando errores o tareas repetidas».
Más desregulaciones
Pero la cosa no quedó allí, ya que esta cartera avanzó con la desregulación o «simplificación» en la importación de cemento o productos eléctricos, entre otros.
En la Resolución 16/2025, el Gobierno simplificó el Reglamento Técnico para la importación y producción de elementos eléctricos «con el objetivo de incrementar la oferta y reducir costos innecesarios».
Entre las principales modificaciones se destacan la aceptación de Certificados Internacionales reconocidos evitando la obligación de certificar nuevamente un producto en el país; la extensión del plazo de vigencia de los certificados (hasta 24 y 48 meses); la eliminación del trámite de aprobación previo reduciendo discrecionalidad e ineficacia; y la aceptación de adaptadores certificados.
En la resolución 26/2025 fue por el lado de la importación y producción de cemento. Allí, estableció características de seguridad y calidad que deben cumplir los cementos para uso general; de propiedades especiales; para hormigón de uso vial aplicable con tecnología de alto rendimiento (TAR); y de albañilería.
De esta manera, «se aceptarán informes de ensayo y certificados internacionales de organismos reconocidos y aceptados para ser comercializados en países de alta vigilancia y países limítrofes, (Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Uruguay) lo que reduce el gasto en los procedimientos de evaluación de la conformidad de los productos, además de evitar complejos trámites de doble certificación que generaban meses de demora».

Por otro lado, la disposición establece que los certificados nacionales y extranjeros de organismos de certificación acreditados son válidos para comercializar en el país, evitando así la duplicación de ensayos y procesos de control que las plantas internacionales ya verificadas.
En cuanto a los denominados «Elementos de Protección Personal», como los cascos o guantes, se simplificó el Reglamento Técnico para la importación y producción con «el objetivo de dar cumplimiento a los controles de calidad y seguridad de forma mas economica».
Entre los principales cambios se destacan «la aceptación de Certificados internacionales reconocidos; la categorización de los productos en base a riesgo (y su consecuente control); y la eliminación del trámite de aprobación previo».
Por último, y lo más llamativo, fue la desregulación del comercio de ascensores. Allí, «se simplificó el Reglamento Técnico de Ascensores con el objetivo de reducir los costos asociados a procesos burocráticos e ineficientes dando cumplimiento a los estándares de seguridad requeridos».
«Entre las principales medidas, se destacan la aceptación de Certificados Internacionales; la extensión del plazo de vigencia de los certificados (hasta 36 meses); la simplificación del proceso de homologación; y la eliminación del trámite de aprobación previa», informó el Gobierno.
