(Por redacción País Productivo) La Secretaría de Industria y Comercio decidió establecer un nuevo marco regulatorio al régimen de «Reposición de Existencias», también conocido como «Repostock».

Así, mediante la resolución 426/2024, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno busca «agilizar los procesos y reducir la burocracia para las empresas», según consta en el escrito.

La normativa establece que el usuario que quiera hacer uso del beneficio de reposición de existencias previsto en el artículo 27 del Decreto 1330/04 y sus modificatorias, debe realizar el trámite mediante el sistema de “Repostock” de de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), ingresando al sitio web VUCE, siguiendo las pautas contenidas en el Manual del Usuario que se encuentra en el mismo.

Adicionalmente, establece la posibilidad que el beneficio de reposición de existencias, alcance hasta tres usuarios que agreguen valor a la cadena productiva, con la condición que todos cuenten con un CTIT, a fin de validar la relación insumo – producto correspondiente.

Por ultimo se regula la facultad de la Autoridad de Aplicación, de solicitar documentación comercial con el objeto de validar la relación comercial entre los usuarios vinculados comercialmente a los fines del presente beneficio.

Repostock es un sistema que permite importar sin impuestos los insumos industriales utilizados en un producto exportado. El beneficio alcanza tanto al exportador como a los proveedores nacionales de hasta dos eslabones atrás en la cadena de producción. El objetivo de la política es que no se exporten impuestos que disminuyen la competitividad.

Pueden usar el beneficio sus proveedores y quienes les vendan insumos a los mismos, lo que multiplica su alcance. La primera importación de los insumos afronta el pago de los tributos y, después de exportar el bien final, la nueva importación de esos mismos insumos será libre de derechos aduaneros, tasa estadística, IVA, IVA Adicional, impuesto PAIS y percepción de Ganancias.