A través de la Resolución 49/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía derogó y modificó diversas normativas eliminando la necesidad de que los fabricantes e importadores de textiles realicen declaraciones juradas sobre la composición de sus productos.

La iniciativa deroga y modifica diversos artículos de las resoluciones 26/1996 y 850/1996 de la ex Secretaría de Comercio e Inversiones y del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, al igual que la Resolución 404/2016 de Comercio, los cuales establecían que todas las prendas, confecciones y calzados posean una etiqueta de tela donde se debía especificar el lugar de producción, los nombres del exportador e importador en el caso que provengan del exterior, y la composición porcentual de las fibras o materiales, con el objetivo de permitir controles y determinar los responsables legales del cumplimiento de las normativas vigentes.

Posteriormente se instrumentó una Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP) –con validez de 180 días- para respaldar la veracidad de la información que se suministra en el etiquetado como condición previa para comercializar el producto, en la cual también se pueden requerir muestras del mismo, con el objetivo de esto era que los consumidores reciban información correcta y no sean inducidos a engaños sobre los materiales de los productos que adquiere.

La resolución de hoy elimina esta declaración jurada con el objetivo de “simplificar y reducir los trámites administrativos”, logrando así “una mayor fluidez y facilidad en la operatoria comercial”, se señala en los considerandos.

Como consecuencia de este cambio, las etiquetas ya no deberán presentar el número de la DJCP.