(Por redacción País Productivo) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que tiene como objetivo principal la regularización de las relaciones laborales vigentes, no declaradas o registradas deficientemente e iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley mencionada.
Lo hizo a través de la publicación en el día de hoy en el Boletín Oficial de la Resolución General N.º 5577/2024, reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, en el marco de lo establecido en la Ley de Bases.
«Esta ley otorga importantes beneficios para aquellos empleadores que adhieran al régimen, el cual entrará en vigencia el próximo 30 de septiembre de 2024», indicó el organismo en un comunicado.
Podrán acceder a los beneficios del régimen, los empleadores del sector privado que registren a sus trabajadores, rectifiquen la fecha de inicio y/o la remuneración real de relaciones laborales que hayan sido iniciadas antes del 5 de julio de 2024 y se encuentren vigentes a la fecha de adhesión al mismo.
También podrán incluirse aquellas relaciones laborales irregulares constatadas mediante actas de inspección notificadas que aún no hubieran sido canceladas o que se encuentren en discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial.
Los empleadores podrán regularizar la situación de sus empleados hasta el 24 de diciembre de 2024, y accederán a una condonación parcial de la deuda generada por la falta de pago oportuno de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de seguridad social.
Esta condonación variará según la clasificación de la empresa: las Micro y Pequeñas Empresas (MiPyMEs) y las entidades sin fines de lucro podrán obtener una condonación del 90% de la deuda; las medianas empresas accederán a una condonación del 80% de la deuda; y las grandes empresas podrán reducir su deuda en un 70% de la deuda.
Asimismo, se aplicarán a los siguientes subsistemas: Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA); Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados; Régimen Nacional de Obras Sociales; Fondo Nacional de Empleo; y Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
Asimismo, se prevé la condonación total de las deudas –capital e intereses-relacionadas con los aportes y contribuciones al Sistema Nacional de Seguro de Salud – Fondo Solidario de Redistribución y Ley de Riesgos del Trabajo.
