(Por redacción de País Productivo) Se firmó, finalmente, la iniciativa de modificación del régimen laboral vigente.

El presidente Javier Milei envió este jueves el proyecto de reforma laboral libertario al Congreso a fin de conseguir la sanción antes del 30 de diciembre en el marco de las sesiones extraordinarias. Se confirmó la intención de crear un banco de horas, de disminuir las indemnizaciones y flexibilizar el otorgamiento de las vacaciones, entre otras modificaciones.

Al igual que en régimen vigente, de aprobarse la “modernización”, los preceptos laborales no se aplicarán a empleados públicos, provinciales o municipales y trabajadores agrarios. También se deja fuera de la protección de la relación de dependencia a las empleadas de casas particulares, contrataciones de obra y servicios.

Flexibilización de la jornada

Dentro de la iniciativa libertaria se establece la creación de un Banco de Horas con la finalidad de darle plasticidad a los horarios de trabajo. Está nueva disposición le permitirá al empleador proponer al dependiente hacer jornadas extensas, compensar

De esta manera, un empleado podría trabajar más tiempo durante una o varias jornadas a cambio de una compensación en días posteriores, pero sin hacerse acreedor del pago de horas extras.

Las 48 horas semanales o el tope que establezca el Convenio Colectivo de la actividad se mantienen como un límite a esta extensión diaria. Se establece que la compensación será la que surja del acuerdo entre trabajador y empleador.

Remuneraciones

Además del sueldo, el empleado podría recibir bonos extra. Estos adicionales serán transitorios, fijos o variables y dependerá del desempeño como recompensa del mérito personal. Estás sumas no serán consideradas remuneración, por lo tanto no serán base de indemnizaciones.

Desaparecen los conceptos de continuidad tácita, ultraactividad o costumbre, por lo que no habría derecho adquirido y la empresa podría dejar de hacer estos pagos de manera unilateral.

Los salarios sólo podrán ser depositados en cuentas bancarias aprobadas por el Banco Central; ya no se aceptarán los cheques o la cancelación en efectivo. Se autoriza, además, el cobro a través de plataformas como billeteras virtuales.

Recorte de indemnizaciones

Los conceptos de aguinaldo, vacaciones y premios quedan fuera del cálculo de la indemnización por despido. El empleador podrá hacer frente a la desvinculación con dinero acumulado mediante un sistema de cese laboral cuyo costo siempre estará a su cargo.

De aprobarse está iniciativa, los reclamos laborales serán incompatibles con acciones y/o reclamos por daños y perjuicios basados en el Código Civil y Comercial; recibir un monto de este tipo implicará la renuncia a otros derechos.

De esta manera, el Fondo de Cese Laboral se establece como una cuenta específica, que no podrá ser embargada por ningún motivo y que deberá ser habilitada por la Comisión Nacional de Valores. La contribución mensual y obligatoria del 3% sobre las remuneraciones será la fuente de financiamiento.

Descanso anual

La iniciativa busca implementar la disposición “de mutuo acuerdo” de las vacaciones fuera del período legal que empieza el 1 de octubre y culmina el 30 de abril. También se reduce el plazo de notificación del trabajo de 45 a 30 días.

Finalmente, se permitirá el fraccionamiento del descanso anual en tramos no inferiores a siete días. Cuando no se otorguen de manera simultánea a la totalidad de los trabajadores de un lugar de trabajo, sección o sector, y se acuerden en forma individual o por grupos, el empleador deberá establecer un cronograma que permita que cada trabajador goce de sus vacaciones, al menos una vez cada tres años en temporada de verano.