(Por Paola Varela). El apoderado de la Confederación General del Trabajo celebró la decisión de la Justicia en contra de la medida del Gobierno.
“Es una decisión esperada y esperable, porque la regulación del derecho de huelga, si es que efectivamente se avanzara en esa alternativa, debe hacerse por ley”, le comentó a País Productivo Pablo Topet, abogado laboralista y representante de la central obrera. Además, agregó: “El Ejecutivo tomó facultades legislativas que están prohibidas por la Constitución Nacional”.
Las declaraciones del letrado hacen referencia a la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de declarar la inconstitucionalidad del Decreto 340/25; una norma que reformaba el artículo 24 de la Ley 25.877 y que pretendía cercenar el efecto de las medidas de fuerza adoptadas por los trabajadores de una enorme cantidad de sectores que la gestión libertaria consideró de peso social.
Topet recordó que la disposición de la Carta Magna que establece que la posibilidad del Gobierno de sancionar normativa con fuerza de ley es “excepcionalísima” y que depende de la conjunción de dos factores: que el Congreso no pueda sesionar y que la medida se emita ante una emergencia. “Tiene que ser una urgencia equiparable con una catástrofe civil. No es el principio, es la excepción”, aclaró el abogado.
La experiencia del apoderado de la CGT le permitió sostener que era una “decisión esperable” la de la Cámara, ya que se trata de un criterio asentado y que ya nadie cuestiona. “Hay muchos antecedentes en la jurisprudencia de la Corte Suprema desde que se reformó la Constitución y que prohíben esta toma de facultades. En aquel momento se puso un límite por medio de un texto expreso”, insistió.
“Ya habíamos tenido un intento por medio del DNU 70/2023 y ahora el Gobierno reedita su intención en una norma que parecía destinada a regular la actividad de la Marina Mercante, pero que incluye -como por arte de magia- una sustitución total de un artículo 24 de la ley de procedimiento de negociación colectiva”, recalcó el letrado para dar cuenta de lo descabellada que fue la decisión.
El relato del especialista en derecho laboral continuó con una condena al contenido de la normativa: “Lo que dice el texto de este decreto 340/25 es gravísimo, porque se aparta de todos los criterios de supervisión de la OIT. Avanza de una manera desmedida y, en términos prácticos, imposibilita toda chance de un resultado positivo de la acción en caso de conflicto, en este supuesto, la huelga”.
“Además, incorpora una lista extensísima en la cual ellos califican de esencial un sinfín de actividades como el trabajo en hoteles y restaurantes. Eso es algo inusual, excepcional y -creo yo- único en la historia. No conozco en la experiencia comparada un caso que se asemeje a esto”, siguió la crítica de Topet.
El letrado recordó que tanto los juzgados de primera instancia como la Cámara ya se habían pronunciado en favor del derecho de huelga y concluyó con una reflexión: “Por la forma y por el contenido esta norma no tenía ningún sustento y, por lo tanto, creo que la Cámara no hizo más que confirmar esta mirada”.
