El fuerte ajuste de la economía ya se siente en la caída de la demanda de numersos sectores de la actividade económica, lo que motivó a las pequeñas y medianas empresas que integran la CAME a plantear una serie de medidas de apuntalamiento del consumo interno.

La primera de las medidas elevadas al Gobierno nacional es la conformación del Programa Compre en PyMEs que propone beneficiar a un segmento del universo de consumidores con la devolución del IVA correspondiente a la compra de bienes con medios de pago electrónico en comercios calificados como MiPyME.

La propuesta eventualmente podría alcanzar a beneficiarios de programas sociales, jubilados y pensionados con ingresos de hasta seis haberes mínimos, monotributistas y asalariados que perciban hasta 6 salarios mínimos, vitales y móviles, con un tope mensual de devoluciones ajustable por inflación equivalentes al valor del IVA contenido en la canasta básica alimentaria.

El costo fiscal directo de la medida, conforme a las estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), equivale al 1% del PBI. . De todos modos, dichas estimaciones no contemplan los potenciales impactos de segunda vuelta de la medida.

Es decir, que las devoluciones realizadas constituyen recursos que se destinarán a realizar otros gastos por lo que el Estado percibirá ingresos tributarios, como así tampoco los ingresos fiscales adicionales derivados de una mayor formalización de las ventas realizadas por las MiPyMEs hasta tramo I que participen del Programa.

Otra de las propuestas pymes es que a los fines de complementar el Programa Cuota Simple, se propone la implementación de una línea de crédito que permita a las MiPyMEs ofrecer a sus clientes condiciones de financiación que complementen a las previstas en el programa Cuota Simple.

Sobre la base de la experiencia de la Línea de Financiamiento para la Inversión Productiva (LFIP) del BCRA, que instruye a los bancos a destinar una proporción de los saldos de los depósitos del sector privado no financiero al otorgamiento de créditos a MiPyMEs para inversión productiva y capital de trabajo, se prevé que la LCIC contemple que los bancos destinen una proporción de los encajes correspondientes a los saldos de los depósitos no remunerados al otorgamiento de créditos a MiPyMEs comerciales.

Estos tendrían como destino ofrecer condiciones de financiación en sus ventas con todos los medios de pago electrónicos, previendo acuerdos específicos en relación con las condiciones financieras en función del rubro de actividad, el tamaño y/o la localización de los comercios.

La medida no tiene impacto fiscal, toda vez que se trata de la liberación de encajes que mantienen las entidades con la autoridad monetaria.

También, se propone actualizar los montos de facturación de todas las categorías del régimen para que sean compatibles con los reales precios de la economía, evitando de esta forma el pase a la condición de responsable inscripto y una menor evasión.

Adicionalmente, se impulsa transparentar las comisiones que hoy está obligado a soportar el comerciante, utilizando distintas plataformas para poder realizar y cobrar sus ventas, de manera que tiendan a la reducción de dichos costos, que en la actualidad son mayores a los de las propias tarjetas.

Finalmente, otro punto es que a través de la cartera de Economía y del Interior se proponga un nuevo acuerdo fiscal que tienda a reducir/eliminar los regímenes de retención y percepción del Impuesto a los ingresos brutos que genera saldos a favor de imposible recupero por ser extraña jurisdicción.