La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca dio a conocer la primeros beneficiarios y la autorización de pagos para productores y empresas que vieron afectadas su explotación por brotes de influenza aviar, ya sea por el sacrificio de aves como por la destrucción de huevos.

Así, el marco del Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 y H7, y partir de la publicación de la Resolución 270/2023, publicada en el Boletín Oficial, la cartera nacional aprobó la nómina de asistencia, compuesta por seis empresas y dos personas humanas, que recibirán, en conjunto, un monto de $ 2.204.320.600.

Los subsidios serán de entre $ 31 millones y $ 398 millones, dependiendo del beneficiario, según consta en el anexo de la disposición, la cual, además, procedió a la autorización del pago de la asistencia, mientras que las solicitudes aprobadas hoy son aquellas que se recibieron entre el 31 de mayo y el 7 de junio último.

El programa

El programa, que estará vigente por 180 días y que cuenta con una partida total de $ 7.450 millones provenientes del Fondo de Incremento Exportador (financiado con ingresos del denominado “dólar agro»), está dirigido a todos aquellos productores avícolas que estén inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa, y que se vieron afectados por alguna medida de sacrificio de aves o destrucción de huevos fértiles o frescos, por haberse detectado o sospechado de un caso de Influenza Aviar H5 o H7.

En este sentido, los montos son definidos en base a las actas de sacrificio o destrucción del Senasa, y toman en cuenta las categorías de aves sacrificadas y tipos de huevos destruidos, multiplicando la cantidad de aves y huevos por los valores unitarios de compensación establecidos para cada categoría.
Los productores deberán figurar en alguna de las categorías asociadas a aves de producción de carne o huevo, recría, reproducción de padres pesados o livianos; abuelos pesados, planta de incubación y agricultura familiar, explicaron desde la cartera nacional.

Además, el programa establece como requisito que los productores “no hayan obstaculizado o impedido” la labor de los agentes del Senasa en el procedimiento de intervención de emergencia sanitaria.
Además, deberán haber notificado “de manera inmediata” la aparición de síntomas de gripe aviar, y que los animales presentes en el establecimiento en el operativo del Senasa tengan la documentación sanitaria correspondiente.