(Por redacción País Productivo) Bajo el argumento de bajar el «costo argentino», el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció hoy la publicación del decreto 340/2025, que establece modificaciones de la Ley de Marina Mercante.

La flamante normativa establece un Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional, introduciendo cambios claves que permiten que los buques extranjeros se les de «tratamiento nacional», limita restricciones sindicales y amplia el acceso a cabotaje.

«Lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros. Esto quiere decir que una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local. Deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75 % de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen», explicó Sturzenegger en un extenso posteo en su cuenta de la red social X.

En el mismo sentido, el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial «establece un régimen por el cual los operadores locales también podrán operar con el sistema de cese de bandera que les permite realizar cabotaje bajo otra bandera de conveniencia y también contratar bajo las leyes del país de la nueva bandera».

«Aunque no lo creas, la dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato. Entonces era común la extorsión antes de zarpar (‘subime estos dos compañeros, total que te hace’). Ahora la dotación la elige el armador, que es quien opera la nave e invirtió en ella eliminando sobrecostos inútiles (esto sin perjuicio de la facultad de la autoridad pública competente (PNA) de establecer la dotación mínima de seguridad)», explicó el funcionario nacional.

Por último, indicó que se amplía de 30 a 60 días el plazo por el que los buques de tráfico internacional puedan hacer tráfico de cabotaje permitiendo un mayor flujo de tránsito con buques extranjeros» y «se facilita la inscripción y baja de buques en la matrícula nacional y se eliminan restricciones para el funcionamiento de talleres para hacer reparaciones, eliminando sendos cotos de caza de los que sabemos abundan en el país».

Repercusiones

Si bien estas modificaciones a la Ley Nacional de Marina Mercante impactan tanto en el transporte marítimo como fluvial, tendrá mayor impacto en la navegación de los ríos, en especial, en la Hidrovía Paraguay-Paraná, por donde Argentina despacha el 80% de sus exportaciones.

Y de ese total, la gran mayoría son productos agroindustriales, tanto granos, como sus derivados industriales.

Es por eso que gran parte de la Bolsas de Cereales y Comercio del país salieron a festejar la medida: «Las Bolsas de Cereales de Bahía Blanca; Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y las de Comercio de Chaco; Rosario y Santa Fe celebran la decisión del Gobierno Nacional de dictar el Decreto 340/25, que introduce cambios claves en la Ley de Cabotaje».

«Es una medida largamente esperada por el arco productivo, que pone en valor el transporte interno de mercaderías, mejora la logística y reduce costos, especialmente para las regiones más alejadas de los
centros de consumo o exportación», dijeron las entidades en un comunicado conjunto.

De la misma manera lo hizo la Cámara de Puertos Privados, que entiende que «desregular el sector del cabotaje marítimo ayudará a revitalizar el sistema de transporte por agua Argentino y favorecerá a las cargas al acceder a fletes competitivos con gran impacto en la reducción de los costos logísticos favoreciendo el desarrollo regional , el aumento de la producción y el comercio en beneficio de la economía de nuestro país».